domingo, 19 de febrero de 2012

" UNIDADES TRIBUTARIAS EN VENEZUELA DESDE SU CREACIÓN EN 1.994 HASTA EL 2.013 "



AÑO
GACETA OFICIAL N°
FECHA
U.T. en Bs. Viejos
U.T. en Bs. Fuertes
Tipo de Cambio Bs. Viejos y
 Bs Fuertes
1.994
4.727
27-05-1994
1.000
1,00
168,61
1.995
36.673
07-04-1995
1.700
1,70
170,00
1.996
36.003
18-07-1996
2.700
2,70
470,75
1.997
36.220
04-06-1997
5.400
5,40
485,63
1.998
36.432
14-04-1998
7.400
7,40
536,00
1.999
36.673
05-04-1999
9.600
9,60
590,75
2.000
36.957
24-05-2000
11.600
11,60
648,00
2.001
37.183
24-04-2001
13.200
13,20
711,75
2.002
37.397
05-03-2002
14.800
14,80
838,75
2.003
37.625
05-02-2003
19.400
19,40
1.600,00
*
2.004
37.876
10-02-2004
24.700
24,70
1.920,00
*
2.005
38.116
27-01-2005
29.400
29,40
2.150,00
*
2.006
38.350
04-01-2006
33.600
33,60
2.150,00
*
2.007
38.603
12-01-2007
37.632
37,63
2.150,00
*
2.008
38.855
22-01-2008
46.000
46,00
2,15
**
2.009
39.127
26-02-2009
55.000
55,00
2,15
*
2.010
39.361
04-02-2010
65.000
65,oo
2,60
4,30
***
2.011
39.623
24-02-2011
76.000
76,00
4,30
****
2.012
39.866
16-02-2012
90.000
90,00
4,30
2.013
40.106
06-02-2013
107.000
107,00
6,30
*****

*  Con control de cambio
**A partir de Enero 2.008 las cantidades de dinero se expresan en Bolívares Fuertes
*** A partir de Enero 2.010 se devaluó el Bolívar en 2 tipos de cambio (2,60/$ y 4,30/$)
**** A partir de Enero 2.011 se devaluó el Bolívar en Bs. 4,30 / $
***** A partir de Febrero 2.13 se devalúo el Bolívar en Bs. 6,30/$

Resumen Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas

Conocida como Ley de Arrendamientos o Ley de Alquileres fue promulgada este sábado por el Ejecutivo nacional y publicada en Gaceta Oficial.

1. ¿Qué es la Ley de Arrendamientos? 

La Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, conocida como Ley de Arrendamientos o Ley de Alquileres, es el nuevo instrumento jurídico que regula los contratos entre propietario e inquilino, las rentas a cobrar, los procesos de desalojo de los inquilinos y las ventas de las viviendas que tienen más de 20 años alquiladas. 

2. ¿Qué dice la nueva ley sobre los contratos?

La nueva redacción de los contratos, según lo dispuesto por la nueva ley, notificará los acuerdos entre las partes e incluirá un anexo en el que estará la resolución emitida por la Superintendencia de Nacional de Arrendamientos con la fijación del canon de arrendamiento (es decir, el precio del alquiler), que deberá ser solicitado previamente para ser anexado en el contrato final

Del contrato se tienen que hacer tres ejemplares: uno para el propietario, otro para el inquilino y otro para la Superintendencia, que será el organismo encargado de calcular el costo y revisar el contrato, así como incluir el contrato en el registro correspondiente. 

3. ¿Y cómo se calcula ahora el precio?

El precio del alquiler, llamado canon de arrendamiento, se calculará con una fórmula que aplicará la Superintendencia Nacional de Vivienda, que tomará en cuenta los siguientes puntos: valor de reposición del bien, dimensiones del inmueble, valor de depreciación, vulnerabilidad sísmica y región geográfica. Asimismo, la rentabilidad para el propietario (establecida entre un 3 y 5%), la cual podrá ser modificada por razones de interés social. 

En el caso de estar cercano el vencimiento del contrato, la Superintendencia evaluará ha ejecutado mejoras en el inmueble y si los costos de ello excedan el 20% del valor de la vivienda, para fijar un nuevo precio del alquiler.

El precio del alquiler, luego de solicitarse el cálculo por la Superintendencia, será notificado a los 20 días. 

4. ¿Y cuánto durarán los contratos?

Los contratos deberán tener duración mínima de un año, siendo renovado por preferencia del inquilino. El cierre del contrato y su renovación deben ser notificados ante la Superintendencia. 

5. Cuándo el contrato se acabe ¿Qué pasa?, ¿Quien tiene derecho a ocupar el inmueble?

Éstos derechos se denominan "preferencias arrendaticias". Éstas determinan que el inquilino tendrá derecho preferente a seguir ocupando el inmueble, si el propietario decide seguir arrendando la vivienda, o puede recomendar a un tercero, siempre que esté solvente en sus pagos. En caso de que el inquilino no quiera ocupar seguir ocupando la vivienda, deberá notificárselo al propietario 30 días antes del vencimiento del contrato. 

6. ¿Qué justifica un desalojo?

La ley permitirá la desocupación (causales de desalojo) cuando el inquilino, sin causa justificada, haya dejado de pagar cuatro cánones de arrendamiento. Asimismo, cuando el inquilino haya hecho un uso deshonesto del inmueble o haya producido daños mayores a los del uso normal del inmueble o incumpla las normas de convivencia ciudadana. 

Cabe destacar que, en el caso de la morosidad, si el inquilino presenta una causa justificada, el propietario no podrá pedir el desalojo. 

Otra causal es que el propietario presente una causa justificada para ocupar el inmueble con algún pariente de segundo grado. 

Todos estos procesos deben ser notificados a la Superintendencia. En la Ley de Arrendamiento se especifican los procesos para las demandas así como los pasos para las audiencias de mediación y los juicios, así como las sanciones. 


7. ¿Qué dispone la ley si el propietario le pide al inquilino que desaloje la vivienda porque la va a vender y no la vende o se la alquila a otro?. 

En ese caso, el propietario estaría incurriendo en un engaño de la preferencia arrendaticia contra el inquilino. La ley en ese caso estable el pago del propietario al inquilino de 100 Unidades Tributarias (7.600 bolívares) por cada mes que haya permanecido de forma indebida fuera de la vivienda. 

8. ¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento de la Ley? 

La ley prevé multas entre 50 y 400 Unidades Tributarias (3.800 bolívares y 30.400 bolívares) y se aplicarán si no se garantiza el uso pacífico de las casas, si se realizan desalojos bajo otras causales no previstas en la ley o si las condiciones de las viviendas no son las más adecuadas. Asimismo si los dueños incumplen con las preferencias arrendaticias, no redactan los contratos de alquiler según los términos de la ley, si realizan cobros en moneda extranjera o no efectúan reintegros por los cobros en exceso. 

9. Si un caso va a juicio, y gana el propietario. ¿Qué pasará con el inquilino? 

Los inquilinos desocuparán las viviendas cuando la Superintendencia o el Ministerio de Vivienda les haya conseguido un refugio temporal o un destino habitacional definitivo. 

10. Y para las personas que tienen más de 20 años alquiladas. ¿Qué dice la ley?

Para las personas que tienen más de 20 años alquiladas, la ley establece que ellos tendrán el derecho a ser titulares de la vivienda. Será la Superintendencia la que determine los precios de venta.



jueves, 26 de enero de 2012

" LOS BIENES RAÍCES Y SU AVALÚO "

Es la base para cualquier transferencia de propiedad; un instrumento que les ayudara en cada etapa del proceso de negociación. Un avaluó comercial es una estimación sustentable del valor de una propiedad. Incluye una descripción de la propiedad en cuestión, la opinión del valuador acerca de las condiciones que se encuentra, su disponibilidad para un propósito dado y su valor expresado en dinero a precios del mercado libre de acuerdo a las condiciones económicas del país.

lunes, 9 de enero de 2012

¿DESEA VENDER SU INMUEBLE?

LA DECISIÓN ES SUYA, USTED ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS “PERO”, ANTES DE PONER EN VENTA SU PROPIEDAD, TOME   LA DECISIÓN INICIAL QUE LE LLEVARA AL ÉXITO.

La decisión Inicial es realizar Un Avalúo, ¿Por qué? El Avalúo determina el valor real de la propiedad en un momento determinado, de acuerdo con sus características físicas, además de las variables del entorno que afectan positiva o negativamente su precio. Él nos indica la realidad del mercado, así como también si la inversión inicial fue rentable y si la decisión de Venta es acertada.

Generalmente, los  Avalúos tienen una caducidad entre  6 a 12 meses, pues los valores reales de las propiedades varían con el paso del tiempo. El precio real hace referencia al valor en que se negocia una propiedad dentro de una relación normal de oferta y demanda. Por su parte, el precio nominal es el que fija un propietario para la venta de una propiedad, esté es susceptible de negociación.

Los bancos solicitan  avalúos comerciales para tener certeza de que financiarán una propiedad por su valor real, lo cual garantiza que el dinero que presta sí estará respaldado por un valor correspondiente. De otro lado, las personas naturales solicitan avalúos comerciales para saber cuánto valen sus propiedades o para definir un valor de venta que les asegure que obtendrán una retribución justa.

Es aconsejable establecer el Valor Real de su Inmueble para negociarlo con mayor celeridad.

“CONSÚLTENOS”

jueves, 5 de enero de 2012

¿Quiénes son la banca venezolana?

     
La banca venezolana atravesó en los últimos años por un proceso de reacomodo en el que tuvimos actores entrantes y salientes. En este ir y venir son muchas las razones, desde lo polí­tico hasta lo económico. Esto permitió que en el 2011, se consolidara el nuevo mapa accionario en la banca venezolana.

Desde 1999 hasta la fecha, el negocio bancario venezolano ha generado unos beneficios que ha sobrepasado las expectativas de muchos de los dueños de los bancos e igualmente el crecimiento de las ganancias ha superado, en algunos años, la inflación. Las utilidades acumulados de los bancos comerciales y universales desde 1999 hasta el 2011, habrá superado los 50.000 millones de bolí­vares fuertes.

Veamos quiénes son estos 10 actores de la banca venezolana, donde se concentra más del 90% de las utilidades de la banca en el año 2.011 y donde además se registra, en términos promedio, más del 80% del activo total de la banca venezolana, más del 85% del total de la cartera de créditos, más del 84% de las captaciones del público y más del 78% del patrimonio de la banca venezolana:

1. Provincial. Su accionista mayoritario es el grupo español BBVA. Han manifestado claramente su intención de continuar operando en Venezuela. Registra el 21,2% del total ganancias acumuladas de la banca comercial y universal y es el cuarto banco más rentable del sistema, al presentar un roe del 52,99 por ciento. Es además el banco líder en Patrimonio. Tienen un total de 315 oficinas a nivel nacional.

2. Venezuela. Institución que pertenecí­a al grupo español Santander y que fue adquirida por el Estado venezolano. Representan el 15,3% de los beneficios acumulados y es el sexto banco más rentable del sistema, con un roe del 44,86 por ciento. Con esta adquisición la banca pública fortaleció su posición, de manera importante, en el sistema bancario venezolano. Es el banco líder en Captaciones del Público y en Total Activo, con una participación de mercado del 17% y 15,5%, respectivamente. Suman 417 puntos de atención a nivel nacional.

3. Mercantil. Uno de los bancos más enraizados del paí­s y cuyos accionistas más tradicionales son las familias Vollmer y Marturet. El grupo Capriles, tiene igualmente una importante participación accionaria en la institución. Concentran el 14,6% de los beneficios de la banca comercial y universal al mes de noviembre y aumentaron su rentabilidad en 21,37 puntos porcentuales con relación a noviembre de 2010, para finalizar con un ROE de 44,70%. Al mes de noviembre finalizo cono el banco líder en cartera de créditos con una cuota de mercado del 15,9%. Cubren el territorio nacional a través de sus 273 oficinas.

4. Banesco. Institución que se creó como producto de varias fusiones y hoy es uno de los principales bancos del paí­s. Juan Carlos Escotet, ha sido una de las figuras fundamentales en llevar este banco a la posición actual además de ser su principal accionista. Su participación de mercado en las ganancias es del 12,6%% y su rentabilidad aumentó en 14,93 puntos porcentuales con relación al mes de noviembre del año pasado, para finalizar con un ROE de 38,46%. Es el banco privado con mayor número de oficinas con un total de 444 oficinas.

5. Exterior. Uno de los bancos más rentables del paí­s y cuyo principal accionista es el grupo financiero español IF. Muestran el 6% de las ganancias de la banca comercial y universal y es el banco privado con la mayor rentabilidad entre los 10 grandes en ganancias acumuladas, al finalizar noviembre con un ROE de 62,01%. Su número de oficinas a nivel nacional ha venido creciendo progresivamente y ya totalizan 102.

6. Del Tesoro. Fue fundado el 17 de agosto de 2005 por mandato del presidente de la República, formado hoy parte de la banca pública. Su proceso de crecimiento se ha debido, entre otras razones, a distintas fusiones y negociaciones de carteras de bancos intervenidos y/o liquidados. Sus ganancias acumuladas, al mes de noviembre, alcanzan el 5,8% del total banca comercial y universal. Ha sido el banco con el mayor crecimiento porcentual anualizado en captaciones del público con 131%, donde el 57% del total de sus depósitos son oficiales. De acuerdo a cifras oficiales totalizan 65 oficinas a nivel nacional.

7. Bancaribe. Con más de 55 años en el mercado nacional y una de los bancos más sólidos del país con una acertada gestión de negocios. Sus accionistas tradicionales, la familia Dao, ha manejado este banco con acertada prudencia, resguardando la solidez de la institución, realizando asociaciones estratégicas acertadas con instituciones bancarias internacionales como el banco canadiense Scotiabank y Caixa de Galicia e imprimiéndole al banco una adecuada gestión del riesgo. Al mes de noviembre, sus ganancias acumuladas representan el 4,9% de la banca comercial y universal. Es el cuarto banco más rentable del sistema, entre los 10 primeros en beneficios, con un ROE del 51,66%. Su cobertura nacional la realizan a través de sus 111 oficinas.

8. Occidental de Descuento (BOD). Su principal accionista, Ví­ctor Vargas, le ha imprimido a esta institución una fuerte presencia mediática, siendo el banco con el mayor aporte directo de los accionistas en el 2011, lo que deja ver la confianza de sus accionistas en la institución. Es el quinto banco con mayor cartera de créditos en la banca nacional y el sexto con mayores captaciones del público. Sus beneficios acumulados al mes de noviembre equivalen al 4% entre los bancos comerciales y universales. Muestran una importante cobertura nacional con 203 oficinas.

9. Bicentenario. Institución creada por el Estado el 5 de noviembre de 2009, de la fusión entre el Banco de Fomento Regional Los Andes y los bancos nacionalizados Bolívar Banco, Central Banco Universal, Banco Confederado y BaNorte, siendo la respuesta gubernamental al proceso de intervención de bancos privados que se produjo a finales de noviembre de 2009. El 3,7% de las Ganancias Acumuladas por la banca comercial y universal, al mes de noviembre, están concentradas en esta institución. Es el quinto banco con mayores Captaciones del Público y Total Activo. No obstante, su rentabilidad es la más baja entre los 10 primeros bancos del ranking de Ganancias Acumuladas, con un ROE de 18,54%. Su cobertura nacional es la más grande de la banca nacional con 447 oficinas.

10. Venezolano de Crédito. Banco de gran tradición venezolana y de manejo muy ortodoxo. Su principal accionista es la familia Garcia Mendoza. Sus utilidades alcanzan el 2,6% de la banca comercial y universal y su cobertura nacional está representada por 94 oficinas.

lunes, 14 de noviembre de 2011

¿DESEA VENDER SU INMUEBLE? ¿SABE EN CUANTO?

LA DECISIÓN ES SUYA, USTED ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS “PERO”, ANTES DE PONER EN VENTA SU PROPIEDAD, TOME   LA DECISIÓN INICIAL QUE LE LLEVARA AL ÉXITO.

La decisión Inicial es realizar Un Avalúo, ¿Por qué? El Avalúo determina el valor real de la propiedad en un momento determinado, de acuerdo con sus características físicas, además de las variables del entorno que afectan positiva o negativamente su precio. Él nos indica la realidad del mercado, así como también si la inversión inicial fue rentable y si la decisión de Venta es acertada.

Generalmente, los  Avalúos tienen una caducidad entre  6 a 12 meses, pues los valores reales de las propiedades varían con el paso del tiempo. El precio real hace referencia al valor en que se negocia una propiedad dentro de una relación normal de oferta y demanda. Por su parte, el precio nominal es el que fija un propietario para la venta de una propiedad, esté es susceptible de negociación.

Los bancos solicitan  avalúos comerciales para tener certeza de que financiarán una propiedad por su valor real, lo cual garantiza que el dinero que presta sí estará respaldado por un valor correspondiente. De otro lado, las personas naturales solicitan avalúos comerciales para saber cuánto valen sus propiedades o para definir un valor de venta que les asegure que obtendrán una retribución justa.
“CONSÚLTENOS” (0414) 410.55.90 (0414) 471.09.52

¿Qué determina el valor de su Inmueble?


 
El valor de su inmueble lo determina los precios en que se hayan vendido  en el pasado reciente (últimos 6 meses) propiedades similares a la suya, preferentemente en su sector. Aquí es importante recalcar  “que realmente se hayan vendido”. Muchos propietarios tienden a indagar sobre el precio en que se está ofreciendo en prensa o revistas algún inmueble en su sector y con ello tratan de determinar el valor de venta de su propiedad, sin considerar que los precios son “precios de lista” y que de realizarse una operación, se ajustan a la baja, además de que algunas propiedades están sobre valoradas y no se van a vender.

Es recomendable establecer un valor real con el cual su propiedad pueda colocarse en el tiempo deseado.
Es por ello la conveniencia de realizar un avalúo por profesionales en el área.  “CONSÚLTENOS”