Para contraer matrimonio los futuros
contrayentes deberán dirigirse a la Oficina o Unidad de Registro Civil
correspondiente y consignar los requisitos que aquí señalan a los fines de
conformar el expediente esponsalicio, una vez conformado se fijará la fecha de
celebración del matrimonio.
El matrimonio sólo podrá ser celebrado ante los funcionarios siguientes:
·
El Alcalde o
Alcaldesa, o el funcionario o funcionaria que éstos autoricen.
·
El registrador o
registradora civil.
· Los capitanes o
capitanas de buques de bandera venezolana dentro o fuera del territorio de la
República Bolivariana de Venezuela.
Los alcaldes y Alcaldesas, así como
los Registradores y registradores Civiles, sólo podrán celebrar matrimonios
dentro del Municipio o Parroquia, según sea el caso, en los que ejerzan sus
funciones.
Requisitos para contraer Matrimonio:
· Original y fotocopia del documento de identidad de los contrayentes.
· Acta de nacimiento
de los contrayentes.
· Original y fotocopia del documento de identidad de la o las personas cuyo consentimiento
fuere necesario.
· Autorización del o
los representantes legales, en caso de adolescentes, mujer mayor de 14 años de
edad y varón mayor de 16 años de edad. Cuando no exista acuerdo entre los
representantes, procederá la autorización del Tribunal de Protección de Niños,
Niñas y Adolescentes.
· Sentencia
ejecutoriada de divorcio o de nulidad de matrimonio, según el caso, de uno o
ambos contrayentes.
· Acta de defunción
del cónyuge fallecido en caso de segunda o ulterior nupcias.
· Acta de nacimiento
de los hijos e hijas que serán reconocidos en el acto.
· Original y copia
del nombramiento del Curador Ad- hoc efectuado por el Tribunal de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes, en el caso de que uno o ambos contrayentes tenga
hijos o hijas menores de edad.
·
Poder especial, en
caso de que la celebración del matrimonio sea por medio de apoderado o
apoderada.
·
Declaración jurada
de no tener impedimento para contraer matrimonio.
·
Acta de Esponsales
debidamente firmada por los contrayentes.
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